Vía judicial

Recursos contencioso-administrativo.

Cuando la Administración rechaza una solicitud o no responde dentro del plazo (silencio administrativo), es posible acudir a la vía judicial para seguir defendiendo tus derechos e intereses legítimos.

No haber obtenido una respuesta favorable en la fase administrativa no significa que no tengas razón. El recurso contencioso-administrativo es la herramienta para que un juez revise la actuación y la corrija.

Cuenta con una buena estrategia de defensa.

Cuando la vía administrativa no da resultados, acudir a los Juzgados es el siguiente paso para defender tus derechos con imparcialidad.

Te puede parecer largo, pero nosotros lo hacemos sencillo.

Muchas veces se hace necesario acudir a los Juzgados para luchar por una resolución favorable. Recuerda que la Administración es juez y parte, por lo que la vía judicial nos garantiza mayor imparcialidad.

La presentación de la demanda en los Juzgados o Tribunales correspondientes requiere contar con un profesional de la abogacía y, según el caso, también se ha de contar con un Procurado/a.

Con carácter general, las demandas se han de presentar en el plazo de dos meses desde que se obtiene la resolución denegatoria. La celebración de la vista depende del tipo de procedimiento y el tipo de prueba a practicar.

Nuestra experiencia y especialización son lo que buscas. Déjalo en nuestras manos.

Valoración previa de forma gratuita

Explícanos tu caso y/o haznos llegar la resolución recibida y te diremos si has de acudir a la vía judicial, qué viabilidad puede tener tu acción y un presupuesto detallado.

Si prefieres una consulta tranquila y que nuestros abogados/as resuelvan todas tus dudas del caso, puedes concertar una cita privada por videollamada.

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FAQ's

Algunas preguntas frecuentes

La vía judicial solo puede iniciarse cuando se haya agotado la vía administrativa y esto se produce cuando ya no hay más procedimientos ni recursos que se puedan interponer dentro de la propia Administración Pública.

Sí, una vez que ha transcurrido el plazo que tiene la Administración para contestarte sin que lo haya hecho, se podrá entender desestimada la solicitud por silencio administrativo y se iniciará el plazo para interponer la demanda. En estos casos, si no consta resolución expresa, el plazo será de seis meses desde que se produce el silencio administrativo, que será diferente en cada caso.

Si el acto administrativo impone una obligación (el pago de una cantidad de dinero, la clausura de un negocio o la demolición de una construcción), se pedirán medidas cautelares para conseguir suspender la ejecutividad del acto mientras se tramita el procedimiento en sede judicial.

La vía contencioso-administrativa es eminentemente escrita y podemos hacer toda la tramitación por sede electrónica. Si bien, en los casos en que haya de celebrarse vista y esta tenga que ser presencial, nos desplazaremos sin problema.

Los procedimientos judiciales varían según el tipo de procedimiento, el Juzgado o Tribunal donde haya de celebrarse, así como el tipo de asunto y la cuantía del mismo, por ello no podemos poner un precio único. Ahora bien, siempre se facilitará un presupuesto detallado para el caso concreto antes de iniciar el encargo.

El presupuesto detallado contendrá un plan de pago en varias fases para facilitar su pago.

Las costas procesales son los gastos en que debe incurrir cada una de las partes involucradas en un juicio, como son los costes de abogado/a y procurador/a. Según sea el resultado del procedimiento, puede imponerse a la parte que ha resultado vencida.

En caso de que se ganen las costas procesales, el cliente recuperará el importe correspondiente a los gastos que le ha ocasionado el proceso, entre ellos, el coste abonado a Irrecurro.com. En muchas ocasiones, el Juez/Jueza suele limitarlas a una cantidad, por lo que, en esos casos, se limitará la cantidad que se recupera a la fijada en la Sentencia.

Si no se consigue que nos den la razón y se imponen las costas, que suelen ser limitadas, el cliente tendrá que abonarlas, independientemente de lo abonado por los servicios de Irecurro.

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